César Bustos

Guía para comunidades · Ley 21.659

Multas OS10 en condominios: qué cambió y cómo evitarlas

Comités de administración y administradores se preguntan lo mismo: ¿nuestros conserjes necesitan el curso OS10?, ¿qué pasa si la empresa de seguridad no está al día? Esta guía resume lo esencial.

1. La nueva ley cambió la pregunta

La Ley 21.659 sobre Seguridad Privada entró en vigor el 28 de noviembre de 2025 y reemplazó normas que estaban dispersas. La fiscalización y las sanciones quedan a cargo de la Subsecretaría de Prevención del Delito, con Carabineros como autoridad fiscalizadora en terreno.

Para un condominio, la pregunta ya no es solo si el trabajador se llama "conserje", "portero" o "nochero", sino qué funciones cumple realmente: vigilancia, rondas, control de accesos o atención de conserjería. De eso dependen las exigencias de formación, credencial y directiva de funcionamiento.

2. Dónde se arriesgan multas

  • Personal que hace labores de seguridad sin la formación o credencial que exige su función.
  • Empresa externa de seguridad sin autorización vigente o con trabajadores sin acreditar.
  • Falta de directiva de funcionamiento o protocolos desactualizados.
  • Incumplimientos laborales del proveedor que pueden terminar afectando a la comunidad como responsable solidaria o subsidiaria.

La ley clasifica las infracciones en leves, graves y gravísimas, y sanciona tanto a las empresas de seguridad como a quienes contratan sus servicios.

En la práctica, la prensa ha cifrado el riesgo para los edificios en multas que van desde los $4 millones hasta los $20 millones cuando el personal de seguridad o los conserjes no cuentan con la acreditación OS10 exigida (BioBioChile, marzo de 2022). El monto exacto depende de la calificación de la infracción y de lo que resuelva la autoridad, por eso no conviene quedarse con el número redondo: lo que evita la sanción es tener las funciones y los papeles al día.

3. Lista de control para el comité

  1. Describir por escrito las funciones reales de cada puesto (día, noche, rondas, accesos).
  2. Verificar cursos y credenciales vigentes de quienes cumplen funciones de seguridad.
  3. Pedir a la empresa externa su autorización vigente, contratos y cotizaciones previsionales al día.
  4. Revisar y actualizar la directiva de funcionamiento del recinto.
  5. Dejar protocolos escritos para emergencias, accesos y entrega de turno.

Preguntas frecuentes

¿Todo conserje debe tener el curso OS10?

No automáticamente. Desde la Ley 21.659 lo que importa son las funciones reales: si el trabajador hace vigilancia, rondas o control de accesos con fines de seguridad, puede quedar sujeto a los requisitos de seguridad privada. Hay que revisar contrato, funciones y protocolos.

¿Quién paga la multa si la empresa externa no cumple?

La ley sanciona tanto a las empresas de seguridad como a quien contrata sus servicios. Por eso conviene fiscalizar al proveedor: credenciales, contratos, cotizaciones y directiva de funcionamiento.

¿Desde cuándo rige la nueva ley?

La Ley 21.659 sobre Seguridad Privada se publicó el 21 de marzo de 2024 y entró en vigor el 28 de noviembre de 2025.

Auditoría diagnóstica confidencial

¿Su comunidad está realmente cubierta?

Reviso personal, empresa externa y documentación, y le entrego un plan de corrección.

Guía informativa, no reemplaza asesoría legal para su caso. Fuentes: Ley 21.659 — Biblioteca del Congreso Nacional · Gob.cl — Cómo funcionará la nueva Ley de Seguridad Privada · BioBioChile — Multas de hasta $20 millones por guardias o conserjes sin certificar.